¿Cuáles son los tipos de riesgos del trabajo y sus prestaciones?

Los peligros del trabajo en su apariencia laboral suceden cuando un trabajador sufre un incidente o patología en el ejercicio o con fundamento de su trabajo que le propicie una incapacidad persistente parcial o total.

tipos de riesgos del trabajo

Para estos tipos de riesgos de trabajo el IMSS dará una pensión bajo unas condiciones determinadas.

Clasificación de riesgos del trabajo

Los tipos de riesgos de trabajo se clasifican de la siguiente manera:

Patología profesional o de trabajo: Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o fundamento en el trabajo, o en el medio en el que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

En todo caso, van a ser anomalías de la salud de trabajo, las señaladas en la tabla del artículo 513 de la LFT.

Accidente de trabajo: Es toda lesión orgánica o perturbación servible, instantánea o posterior, o la desaparición, producida de repente en ejercicio o con fundamento del trabajo, cualquier persona que sea el sitio y el tiempo en que dicho trabajo se preste.

Accidente en tránsito: Es aquel que se produce al moverse el trabajador, de manera directa de su domicilio al lugar de trabajo, o de éste a aquel.

Por las propiedades de los accidentes en tránsito, éstas no son imputables al patrón o al ejercicio del trabajo; por consiguiente, no forman parte del cálculo de siniestralidad de las compañías y tampoco tienen que ser considerados en el cálculo de las consecuencias económicas por peligros de trabajo.

¿Cómo clasifica el IMSS las secuelas de un peligro laboral?

Según el IMSS, los peligros de trabajo producen:

  1. Incapacidad temporal.
  2. Incapacidad persistente parcial (IPP).
  3. Incapacidad persistente total (IPT).
  4. Muerte.

La incapacidad temporal es la inhabilitación certificada por un médico del IMSS, como resultado de un incidente o padecimiento laboral.

Tal incapacidad, como su nombre lo sugiere, es momentáneo y puede permanecer hasta un período de 52 semanas a lo largo de las cuales, el IMSS dará la atención médica correspondiente.

La incapacidad persistente parcial es aquella lesión física o mental ocasionada por el incidente o patología profesional que decrece por siempre la aptitud para el trabajo.

Esta incapacidad puede evaluarse en tres grados a saber:

  1. Hasta 25%
  2. De 25 a 50%
  3. De más del 50%.

La incapacidad persistente total es la falta de facultades o aptitudes de una persona, que lo imposibilita para llevar a cabo algún trabajo por el resto de su vida.

La incapacidad persistente total puede evaluarse en más del 50% y hasta el 100%. Las propiedades de valuación son semejantes al estado de invalidez.

En seguida se detallan las prestaciones que brinda el IMSS frente las secuelas que puede ocasionar un peligro de trabajo.

Prestaciones económicas por incidente de trabajo

Subsidio por incapacidad temporal

El subvención radica en el pago del 100% del salario en que estuviera cotizando el trabajador frente el IMSS, al instante de ocurrir el peligro.

  1. Los subsidios por este criterio van a ser pagados de manera directa al asegurado o su gerente oportunamente acreditado, por periodos vencidos no superiores a siete días.
  1. Sólo en la situacion de incapacidad mental comprobada frente el IMSS, se van a poder realizar los pagos a la persona o personas a cuyo precaución quede el incapacitado.
  1. El trámite de pago de subsidios se ejecuta en el servicio de prestaciones económicas (control de prestaciones) de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que sea correcto al asegurado, por medio de la exhibición del certificado de incapacidad, expedido por el médico tratante y una identificación oficial expedida por el Centro Nacional Electoral (INE).

Pensión por incapacidad persistente total

En términos del artículo 58, parte I, de la LSS, la IPT del asegurado tendrá que declararse dentro del término de las 52 semanas que dure la atención médica como resultado del incidente o patología profesional.

Las prestaciones por IPT son las siguientes:

Pensión provisional

Según el artículo 61 de la LSS, al declararse la IPT, el asegurado va a recibir la pensión que le sea correcto, con carácter provisional por un tiempo de amoldación de dos años.

A lo largo de ese tiempo, tanto el IMSS como el trabajador pensionado van a poder pedir la revisión de la incapacidad, con el objetivo de cambiar su cuantía. El monto de la pensión provisional va a ser igual al de la determinante.

Pensión determinante

Transcurrido el tiempo de amoldación (dos años), el IMSS dará la pensión por mes determinante, la cual se calculará en términos del artículo 58, fracciones II y III de la LSS, semejante al:

  1. 70% del salario en que estuviera cotizando el trabajador frente el IMSS, al instante de ocurrir el incidente de trabajo.
  2. Si hablamos de patología profesional, el 70% se calculará con el promedio del salario base de cotización (SBC) de las últimas 52 semanas o las que tuviera si el afirmamiento fuera por un tiempo menor.

La pensión que se otorgue por la IPT va a ser siempre mayor a la que sea correcta al asegurado por invalidez, y comprenderá en todos las situaciones, las asignaciones familiares y la asistencia asistencial.

¿Cuáles son los requisitos para conseguir una pensión por accidente de trabajo?

Los requisitos para obtener una pensión por accidente en el trabajo son:

  1. No se necesitan semanas de cotización.
  2. Sólo alcanza con mostrar la presencia de la relación laboral.
  3. Se necesita certificar el último salario registrado frente el IMSS para efectos de saber las pensiones por IPP, IPT o las derivadas de la desaparición del trabajador.
  1. Se necesita el promedio de las últimas 52 semanas de cotización cuando se requiera saber la pensión por patología profesional.

Las pensiones van a ser otorgadas, según el tipo de incapacidad que se determine, aplicando las reglas siguientes:

  1. Que los servicios médicos de salud en el trabajo del IMSS califiquen el accidente de trabajo en el formato ST-3 llamado “Dictamen de incapacidad persistente o defunción por peligro de trabajo”, trámite que se tendrá que solicitar y rellenar en la unidad de medicina familiar (primer nivel de atención del IMSS) a la que pertenezca el asegurado.
  1. Que los servicios de prestaciones económicas tengan el formato ST-3 “Dictamen de incapacidad persistente o defunción por peligro de trabajo”.

¿Qué son las asignaciones familiares por incapacidad del trabajador?

Las asignaciones familiares consisten en una asistencia por criterio de carga familiar y se concederán a los beneficiarios del pensionado, según una sucesión de reglas fundamentadas en la cuantía elemental de la pensión.

Esta asignación familiar se entregará de prioridad al propio pensionado, pero la correspondiente a los hijos va a poder entregarse a la persona o institución que los tenga bajo su cargo directo, en la situación de no vivir con el pensionado.

Las asignaciones familiares cesarán con la desaparición del familiar que las originó y, en la situación de los hijos, terminarán con la desaparición de éstos o cuando cumplan los 16 años, o bien los 25 años, según el caso.

Por consiguiente, las percepciones otorgadas a los beneficiarios va a quedar así:

  • Esposa o concubina del pensionado: 15% de la pensión del trabajador
  • Hijos del pensionado inferiores de 16 años: 10% de la pensión del trabajador
  • Hijos del pensionado inferiores de 25 años que argumenten sus estudios bajo el plan nacional: 10% de la pensión del trabajador
  • Hijos del pensionado incapaces de conseguir una manutención gracias a patología crónica o una minusvalía: 10% de la pensión del trabajador

¿Cómo conseguir la ayuda asistencial en México?

La ayuda asistencial se brinda al pensionado o a su viuda cuando por su estado físico requieran ineludiblemente de la asistencia de otra persona, de forma persistente o continua, o bien por carecer el asegurado de familiares.

La ayuda asistencial se dará bajo las bases siguientes:

ayudas asistenciales del imss

¿Recibiré parte del aguinaldo anual por una incapacidad?

Según el artículo 58, parte IV, de la LSS, el IMSS dará a los pensionados por Incapacidad Persistente Temporal (IPT) y Parcial con valuación de más del 50%, un aguinaldo anual semejante a 15 días del importe de la pensión que perciban.